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Foro Módulo 2

Plurinacionalidad

Plurinacionalidad

de Vilgay Moscoso García - Número de respuestas: 0

El principal argumento de los detractores, ha sido que con este termino en la constitución se dividirá al país, surgirá la independencia de los pueblos y naciones originarias, ya no será la casa de todos.

En respuesta se les puede mencionar que la constitución contempla el artículo 1 que contiene el principio de plurinacionalidad que es transversal en reconocer que en el territorio que habitamos , coexistimos desde antes de las repúblicas con los pueblos originarios y por tal tienen los pueblos derechos propios, además la propuesta constitucional expresa en su artículo 3 que chile, forma un territorio único e indivisible. Y finalmente el art 187 número 4 expresa: En ningún caso el ejercicio de la autonomía podrá atentar en contra del carácter único e indivisible del Estado de Chile ni permitirá la secesión territorial.