Una de las preguntas surgidas en el live, si no mal recuerdo, se basa en la duda respecto a que los pueblos indigenas, supuestamente, serán dueñas de los recursos costeros, pues se encuentran en su territorio. La respuesta del profesor Salvador Millaleo aclara el tema respecto a esta duda, y que uno puede entender revisando los artículos 234 y 235 sobre el uso de recursos en las autonomías territoriales. Lo que quisiera agregar, es que la legislación actual, ya contempla el uso de los espacios costeros por parte de los pueblos indígenas, les dejo estos enlaces que aclara estos puntos. En conclusión : no hay privilegios para los pueblos originarios, según lo expresado en la propuesta constitucional.
ENLACES
Guía legal sobre: Espacio costero marino de los pueblos originarios.
https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/espacio-costero-marino-de-los-pueblos-originarios
Ley 20249 crea el
espacio costero marino de los pueblos
originarios.
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=269291